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Los bancos finalmente asumen el impuesto hipotecario

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Los bancos finalmente asumen el impuesto hipotecario

Los bancos finalmente asumen el impuesto hipotecario

Los bancos finalmente asumen el impuesto hipotecario

Publicado el decreto por el que los bancos finalmente asumen el impuesto hipotecario por primera vez en 23 años. Así se establece en el Real Decreto-Ley 17/2018 por el que se modifica el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados que pueden consultar  en el Boletín Oficial del Estado del 9 de noviembre de 2018.

Este Real Decreto-Ley modifica en primer lugar el artículo 29, que señala en su nueva redacción que: “será sujeto el adquirente del bien o derecho y, en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales, o aquellos en cuyo interés se expidan. Cuando se trate de escrituras de préstamo con garantía hipotecaria, se considerará sujeto pasivo al prestamista”, es decir, será sujeto pasivo el banco y no el cliente.

También modifica el artículo 25 que establece las exenciones del impuesto; al cambiar el sujeto pasivo, el decreto exime del pago del impuesto a la banca en aquellas operaciones en las que el prestatario sea el Estado, organizaciones sin ánimo de lucro, fundaciones bancarias, Iglesia Católica, partidos políticos Reales Academias Cruz Roja, ONCE..

Finalmente se modifica el artículo 15 del Impuesto sobre Sociedades (Ley 27/2014) que específica que el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados que asuman las entidades financieras se considerará como gasto no deducible.

El Ministerio de Economía está trabajando en la creación de una Autoridad en defensa de los clientes financieros, para controlar que las entidades bancarias no incluyan nuevas clausulas, como contrapartida al pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

En caso de que necesiten alguna información o aclaración respecto a este tema, no duden en contactar con nosotros.

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