Ampliación del vencimiento del aval ICO para Pymes y autónomos.
Nuevos plazos del ICO para Pymes y autónomos.
El ICO amplía los plazos y periodos de carencia de las Líneas de Avales Liquidez disponibles para empresas y profesionales autónomos.
En concreto, estas operaciones están avaladas por el Estado y al amparo del Real Decreto-ley 8/2020, de manera que empresarios y trabajadores por cuenta propia pueden solicitar en sus entidades financieras la ampliación del vencimiento del aval ICO hasta un máximo de tres años adicionales.
Además, el periodo de carencia también se amplía doce meses adicionales con respecto al plazo y carencia inicialmente acordados.
Requisitos y solicitudes
El plazo de vencimiento del aval se extenderá por un período máximo de tres años, siempre que el total de la operación avalada no supere los ocho años desde la fecha de formalización inicial de la operación. La ampliación del vencimiento del aval coincidirá con la ampliación del vencimiento del préstamo avalado.
En lo que se refiere al aumento del plazo de carencia en doce meses adicionales, se debe considerar que el plazo inicial no puede superar los 24 meses.
Aquellas empresas o autónomos que quieran solicitar estas ampliaciones, es preciso que cumplan con los siguientes requisitos:
Presentar la solicitud en la misma entidad en la que se le concedió la financiación avalada.
No tener impagos (de esta financiación u otra) con la entidad correspondiente.
No figurar en situación de morosidad en la consulta a los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) en la fecha de formalización de la extensión.
Que la propia entidad no haya comunicado ningún impago al deudor a fecha de la extensión.
El trabajador por cuenta propia o empresario no puede estar en ningún proceso concursal.
La financiación para que se va a solicitarla ampliación debe haberse formalizado antes del 18 de noviembre de 2020.
El solicitante deberá cumplir con los límites que establece la normativa oficial de Ayudas de Estado de la Unión Europea
Aquellos que cumplan con estas exigencias y estén interesados en esta ampliación del vencimiento del aval o de su periodo de carencia, tienen hasta el 15 de mayo de 2021 para presentar la solicitud a su entidad financiera.
Para cualquier aclaración no duden en contactar con nosotros.