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Ayudas para activar la demanda del comercio en Extremadura

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Ayudas para activar la demanda del comercio en Extremadura

activar la demanda

Ayudas para activar la demanda del comercio en Extremadura.

Se aprueban ayudas que tienen por objeto la concesión directa de subvenciones para proteger y activar la demanda del comercio en pequeñas y medianas empresas ubicadas en Extremadura, y dar apoyo a los gastos operativos y corrientes contraídos por las Pymes para satisfacer sus necesidades de liquidez; de manera que se incrementen los intercambios comerciales, aumentando las ventas y mejorando de esta forma sus cifras de negocio, lo que contribuirá a generar empleo y riqueza en la región.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas que tengan la consideración de Pyme.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Serán subvencionables los siguientes gastos siempre que se hayan devengado y pagado desde el 1 de febrero de 2020 y hasta la finalización del plazo de justificación:

Gasto de adquisición del stock del producto

Gasto fungible y de inversión relacionado con el Covid-19. (Epis-mascarillas, guantes…)

Gastos corrientes: tales como limpieza, suministros, seguros, alquiler de locales, asesoramiento respecto al COVID…

 

ACTIVACIÓN DE LA DEMANDA

Las entidades beneficiarias deberán llevar a cabo medidas de activación de la demanda mediante la práctica de descuentos en el precio final, IVA excluido, en los bienes y/o productos. Además, deberán destinar a la aplicación de estas medidas una cuantía equivalente al importe de la subvención concedida que se establece para cada programa de ayuda.

 

ALTA EN LA PLATAFORMA E INICIO DE PROCEDIMIENTO

La solicitud y documentación justificativa se presentará en el modelo normalizado accesible en el sitio web: reactivaextremadura.juntaex.es, previo registro o alta en la plataforma tecnológica especialmente habilitada, por los interesados en obtener la condición de beneficiario, a través del procedimiento habilitado siguiendo las instrucciones establecidas.

El proceso se iniciará en el momento que el interesado complete la solicitud y la valide con su clave personal, en el plazo 10 días hábiles contados a partir del día 17 de agosto de 2020. La presentación de las solicitudes fuera de este plazo dará lugar a la inadmisión de las mismas.

 

El programa de ayudas que pueden consultar en el Decreto-Ley publicado, incluye:

-Programa de ayudas para activar la demanda en el comercio al por menor textil y calzado.

Para ser beneficiarias en este programa, las pymes radicadas en Extremadura deberán estar dadas de alta en alguno de los siguientes epígrafes de IAE:

—  Epígrafe 651.2 de Comercio al por menor de toda clase de prendas para el vestido y tocado.
—  Epígrafe 651.3 de Comercio al por menor de lencería y corsetería.
— Epígrafe 651.6 de Comercio al por menor de calzado, artículos de piel e imitación o productos sustitutivos, cinturones, carteras, bolsos, maletas y artículos de viaje en general.
—  Epígrafe 651.7 de Comercio al por menor de confecciones de peletería.

Cuantía de la ayuda: El importe de la ayuda será por una cuantía fija de 1.000 euros por cada persona beneficiaria y establecimiento de venta.

Activación de la demanda: Un importe equivalente a la cuantía de la ayuda percibida será destinada por las entidades beneficiarias a la práctica de un 25 % de descuento en el precio de venta de los bienes y/o productos que comercialicen.

 

-Programa de ayudas para activar la demanda en el comercio al por menor de muebles.

Para ser beneficiarias en este programa, las Pymes radicadas en Extremadura deben estar dadas de alta en el epígrafe 653.1. de Comercio al por menor de muebles.

Cuantía de la ayuda: El importe de la ayuda será por una cuantía fija de 2.000 euros por cada persona beneficiaria y establecimiento de venta.

Activación de la demanda: Un importe equivalente a la cuantía de la ayuda percibida será destinada por las entidades beneficiarias a la práctica de un 25 % de descuento en el precio de venta de los bienes y/o productos que comercialicen.

 

-Programa de ayudas para activar la demanda de aparatos electrodomésticos de alta eficiencia energética.

Para ser beneficiarias en este programa, las pymes radicadas en Extremadura deberán estar dadas de alta en el Epígrafe 653.2 de Comercio al por menor de material y aparatos eléctricos, electrónicos, electrodomésticos y otros aparatos de uso doméstico accionados por otro tipo de energía distinta de la eléctrica.

Cuantía de la ayuda: El importe de la ayuda será por una cuantía fija de 6.000 euros por cada persona beneficiaria y establecimiento de venta.

Activación de la demanda: Un importe equivalente a la cuantía de la ayuda percibida será destinada por las entidades beneficiarias a la práctica, en el momento de realizar la venta, de un descuento en el precio final, con IVA excluido, en los bienes que, a continuación, se indican:

 

-Programa de ayudas para activar la demanda para la mejora de la eficiencia energética y accesibilidad en viviendas.

Para trabajos de aislamiento de fachadas, de cubiertas, de sustitución de carpintería e instalación de doble ventana, de instalación de dispositivos de protección solar, toldos y persianas, instalaciones hidráulicas y/o sustitución de calderas individuales antiguas por calderas de condensación,  aparatos de aire acondicionado, suministro hidráulico, platos de ducha, grifería y sanitario, plataformas y salvaescaleras, rampas y elevadores en viviendas unifamiliares

Para ser beneficiarias en este programa, las pymes radicadas en Extremadura deberán estar dadas de alta en los siguientes epígrafes de IAE:

— 6532 de Comercio menor de aparatos de uso doméstico
— 6534 de Comercio menor de materiales de construcción
— 6535 de Comercio menor de puertas, ventanas y persianas
— 6536 de Comercio menor de artículos de bricolaje
— 5046 de Montaje e instalación de aparatos elevadores de cualquier tipo.
— 6593 de Comercio menor de aparatos médicos ortopédicos
— 5046 de Montaje e instalación de aparatos elevadores de cualquier tipo

Cuantía de la ayuda: El importe de la ayuda para cada línea será de una cuantía fija de 6.000 euros por cada persona beneficiaria y establecimiento de venta.

Activación de la demanda: Un importe equivalente a la cuantía de la ayuda percibida será destinada por las entidades beneficiarias a la práctica, en el momento de realizar la venta, de un descuento del 40% en el precio final, con IVA excluido.

 

Seguiremos informando de las novedades que se vayan produciendo.

Para cualquier aclaración no duden en contactar con nosotros