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Se amplía el plazo para presentar impuestos hasta el 20 de mayo.

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Se amplía el plazo para presentar impuestos hasta el 20 de mayo.

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Se amplía el plazo para presentar impuestos hasta el 20 de mayo.

El última día para poder domiciliar los impuestos, y tras las numerosísimas peticiones de autónomos, empresas, asesores y fiscalistas, se publica el Real Decreto-ley que amplía el plazo de presentación de declaraciones y autoliquidaciones de impuestos. La norma establece que los contribuyentes no tendrán que presentar estos pagos tributarios en abril, como es habitual, sino que extiende el plazo un mes hasta el 20 de mayo para mitigar el impacto económico provocado por la crisis del COVID-19.

En concreto, el Real Decreto recoge que:

“los plazos de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias de aquellos obligados con volumen de operaciones no superior a 600.000 euros en el año 2019 cuyo vencimiento se produzca a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley y hasta el día 20 de mayo de 2020 se extenderán hasta esta fecha. En este caso, si la forma de pago elegida es la domiciliación, el plazo de presentación de las autoliquidaciones se extenderá hasta el 15 de mayo de 2020.”

Es decir, los contribuyentes con una facturación anual inferior a los 600.000 euros en 2019 que tuvieran que presentar impuestos y entre ellos pagar el IVA, IRPF, o el pago fraccionado del Impuesto de Sociedades hasta el 20 de abril, tendrán de plazo para presentar sus declaraciones y para hacer frente a su pago hasta el día 20 de mayo.

En el caso de declaraciones domiciliadas, el plazo se amplía también un mes y pasa del 15 de abril al 15 de mayo. La aprobación de esta medida se produce al límite, puesto que el periodo para el pago de los impuestos domiciliados vencía hoy mismo. Con independencia del momento de la presentación, todos los cargos se realizarán el 20 de mayo, incluidas también las declaraciones presentadas antes del 15 de este mes de abril.

Esta ampliación de plazos se suma a la posibilidad de aplazamiento de seis meses (los tres primeros sin intereses), para las deudas de hasta 30.000 euros de autónomos y pymes con una facturación de hasta seis millones de euros.

Seguiremos informando de las novedades que se vayan produciendo.

Para cualquier aclaración no duden en contactar con nosotros