924 23 23 70

8:00 - 15:00

Portal Cliente

 

Obligan a una aseguradora a indemnizar a un negocio por pérdidas causadas por el confinamiento.

Asesoría Roiz > Blog  > Obligan a una aseguradora a indemnizar a un negocio por pérdidas causadas por el confinamiento.

Obligan a una aseguradora a indemnizar a un negocio por pérdidas causadas por el confinamiento.

aseguradora a indemnizar

Obligan a una aseguradora a indemnizar a un negocio por pérdidas causadas por el confinamiento.

En los últimos meses, tribunales de distintos países europeos, están emitiendo sentencias en los que se obliga a una determinada aseguradora a indemnizar a negocios por la pérdida de beneficios ocasionados por las medidas tomadas para hacer frente a la COVID-19.

Así, un tribunal francés ha condenado a una aseguradora a indemnizar a un empresario propietario de cuatro restaurantes en París la pérdida de beneficios, en este caso la aseguradora es AXA. En el Reino Unido, los jueces del Tribunal Superior de Londres han dictaminado que la mayoría de las condiciones modelo de las pólizas examinadas están obligadas a cubrir los daños causados por el cierre debido a la pandemia y que las aseguradoras tendrán que pagar.

Pues bien, en España, en la reciente sentencia  SAP 59/2021, de 3 de febrero, la Audiencia Provincial de Girona condena por primera vez, a una aseguradora a indemnizar a un negocio de restauración por la pérdida de beneficios sufrida por la paralización de su actividad, a consecuencia de la legislación estatal dictada por la pandemia del COVID-19, en el concreto seguro analizado en el caso.

 

ANTECEDENTES

En febrero de 2020, la demandante concertó póliza con la entidad aseguradora demandada referida a un local de negocio destinado a pizzería. El contrato, que incluía las contingencias relativas a la paralización de la actividad, establecía específicamente que la indemnización máxima a cobrar sería de 200 euros diarios durante 30 días.

Debido al confinamiento decretado en marzo de 2020, la pizzería se vio obligada a cerrar durante más de 30 días, y solicitó ser indemnizada con la cantidad 200 euros diarios durante 30 días, de ahí salen los 6.000 euros que debe pagar Segurcaixa Adeslas.

Como la aseguradora le negó dicha indemnización, la dueña de la pizzería interpuso una demanda. En primera instancia, un juzgado de Girona se pronunció a favor de la aseguradora. Pero los dueños de la pizzería recurrieron a instancias superiores

 

CONCLUSIONES

En la Sentencia, el magistrado de la Audiencia de Gerona, en sus conclusiones, entiende que, si bien la póliza que este hostelero firmó con Segurcaixa Adeslas no incluía un eventual cierre por pandemia, lo cierto es que tampoco lo excluía. Por eso no puede negársele la indemnización: «Lo contrario supondría tanto como restringir la cobertura esperada por el asegurado», recoge el auto.

En definitiva, que la póliza firmada no incorpore una cláusula expresa sobre un eventual cierre por la pandemia, no exime a la aseguradora de indemnizar a los hosteleros. Eso sí, siempre que el contrato incluya contingencias relativas a una pérdida de beneficios por la paralización de la actividad.

 

Para comprobar si se tiene derecho a la indemnización, se debe revisar la póliza contratada y confirmar si entre las coberturas aparece la “pérdida de beneficios”. También es importante que no se indique expresamente, que solo se cubre, si es consecuencia de un riesgo ya asegurado en esa póliza.

En España existen cientos de miles de establecimientos que tienen suscritas pólizas como la referida, lo que puede provocar a partir de ahora una cascada de reclamaciones judiciales.

 

Para cualquier aclaración, no duden en contactar con nosotros.