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El BOE publica la “fase 0” de desescalada para comercios minoristas y servicios profesionales.

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El BOE publica la “fase 0” de desescalada para comercios minoristas y servicios profesionales.

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El BOE publica la “fase 0” de desescalada para comercios minoristas y servicios profesionales.

En una edición especial, el BOE ha publicado la orden para regular la “fase 0” en la desescalada del estado de alarma en la que nos hallamos por la pandemia del coronavirus. Entre otras medidas, se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios.

En lo que respecta a la reapertura de comercios, en esta “fase 0” de la desescalada:

Podrá procederse a la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales cuya actividad se hubiera visto afectada tras la declaración del estado de alarma (a excepción de los locales que tengan una superficie de más de 400 metros cuadrados, y los centros comerciales), siempre que cumplan los requisitos siguientes:

-Se establecerá un sistema de cita previa que garantice la permanencia en el interior del establecimiento en un mismo momento de un único cliente por cada trabajador, sin que se puedan habilitar zonas de espera en el interior de los mismos.

-Se garantizará la atención individualizada al cliente con la debida separación física entre 1 y 2 metros, o en el caso de que esto no sea posible, mediante la instalación de mostradores o mamparas.

-Se establecerá un horario de atención preferente para mayores de 65 años, que deberá hacerse coincidir con las franjas horarias para la realización de paseos y actividad física de este colectivo, es decir, de 10 a 12 de la mañana, o de 19 a 20 horas de la tarde.

Éstas medidas indicadas en la “fase 0”, no serán de aplicación para actividades con apertura al público permitida durante el estado de alarma, los cuales podrán continuar abiertas en las mismas condiciones que tenían desde la entrada en vigor del estado de alarma.

Los establecimientos podrán establecer, en su caso, sistemas de recogida en el local de los productos adquiridos, siempre que garanticen una recogida escalonada que evite aglomeraciones en interior del local o su acceso.

Además, Los desplazamientos a estos establecimientos podrán efectuarse únicamente dentro del municipio de residencia, salvo que el servicio o producto no se encuentre disponible en el mismo.

 

Las medidas de higiene que se deberán aplicar en los establecimientos con apertura al público, pueden consultarlas tanto en el BOE publicado, como con su entidad de prevención de riesgos laborales, no obstante destacamos las siguientes:

-Realizar, al menos dos veces al día, una limpieza y desinfección de las instalaciones, una de las limpiezas se realizará, obligatoriamente, al finalizar el día.

Se utilizarán desinfectantes como disoluciones de lejía (1:50) o cualquiera de los desinfectantes que hayan sido autorizados por el Ministerio de Sanidad.

-Tras cada limpieza, los materiales y EPIs empleados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos.

-No se utilizarán los aseos de los establecimientos por parte de los clientes, salvo en caso estrictamente necesario. En este último caso, se procederá de inmediato a su desinfección.

-Se deberá poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos, en la entrada del local, y deberán estar siempre en condiciones de uso.

-En los establecimientos del sector comercial textil, y de arreglos de ropa y similares, los probadores deberán utilizarse por una única persona y después de su uso se limpiarán y desinfectarán.

 

Por último, indicar que en nota informativa emitida por el Ministerio de Seguridad Social, se indica que los autónomos beneficiarios de la prestación que puedan abrir su negocio al inicio de la desescalada, seguirán percibiéndola hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma

Además, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha explicado en rueda de prensa que las actividades que abran parcialmente durante el inicio de la “fase 0” de desescalada podrán mantener los ERTE, y solo sacar del expediente a los trabajadores necesarios para retomar esa parte de la actividad.

 

Seguiremos informando de las novedades que se vayan produciendo.

Para cualquier aclaración no duden en contactar con nosotros