Incremento de las bases de cotización para 2019

Incremento de las bases de cotización para 2019
El Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, incluye, entre otras medidas, el incremento de las bases de cotización para 2019. En concreto, se incluye el incremento de un 1,25% de la base mínima de cotización, hasta los 944,40 euros al mes, y el tipo de cotización se incrementará en 0,2 puntos, pasando del 29,8% al 30%.
De este modo, los autónomos personas físicas tendrán que pagar 5,36 euros más al mes (64,32 euros más al año) de lo que pagan actualmente siendo la cuota mensual de 283,30 euros, aunque a cambio recibirán una mayor protección.
En el caso de los autónomos societarios, la base mínima quedará en 1.214,10 euros y la cuota mensual se elevará en 6,89 euros respecto a la actual mensual y 82,68 euros al año.
A cambio de este incremento, los autónomos estarán obligados a cotizar por todas las contingencias que cotizan ahora los empleados por cuenta ajena, (enfermedad común y profesional; cese de actividad; y formación) y obtendrán mejoras de prestaciones como el cobro durante el doble de tiempo de la prestación por cese de actividad, siempre en función de los meses cotizados, o la exoneración de pagar la cuota mensual a partir del día 61 de baja médica.
La tarifa plana que pagan los nuevos autónomos, o aquellos que no hubieran estado de alta en RETA en los dos años anteriores, pasa de 50 a 60 euros mensuales durante el primer año. Esta tarifa reducida se extiende a los autónomos del sistema agrario.
Se incorpora un nuevo tipo de infracción laboral grave para prevenir la posible utilización de la figura del falso autónomo. En este sentido, la multa podría alcanzar entre 3.126 y 10.000 euros
Para el Sistema Especial de Empleadas de Hogar, se establecen bases de cotización en función de 10 tramos de retribuciones, además, se fijan las horas máximas que se podrán realizar en cada tramo, de acuerdo al SMI. Se mantiene la reducción del 20%, así como la bonificación de hasta el 45% si el empleador es una familia numerosa.
Para el Régimen General, se establece un tope máximo de la base de cotización de 4.070,10 euros mensuales, lo que supone un incremento del 7%. En cuanto a la Tarifa de Primas de cotización por contingencias profesionales, el tipo mínimo pasa del 0,9% al 1,5%.
Pueden consultar el BOE publicado, en el siguiente enlace: Real Decreto-ley 28/2018
Para cualquier aclaración no duden en contactar con nosotros.