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Prórroga de los límites de exclusión de módulos para 2019

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Prórroga de los límites de exclusión de módulos para 2019

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Prórroga de los límites de exclusión de módulos para 2019

El Real Decreto-ley 27/2018, de 28 de diciembre, recoge, entre otras medidas, la prórroga de los límites de exclusión de módulos para 2019.

La legislación vigente hasta ahora contemplaba que este año se redujeran los umbrales a partir de los cuales un autónomo no puede tributar por el método de estimación objetiva. El Real Decreto-ley modifica esta situación y mantiene inalterables los límites de exclusión.

Así, los trabajadores por cuenta propia no podrán tributar por el método de estimación objetiva cuando el conjunto de sus actividades supere los 250.000 euros o cuando la facturación a otros empresarios o profesionales sobrepase los 125.000 euros.

Si no se hubiera aprobado este Real Decreto-ley, los límites indicados anteriormente quedarían establecidos en 150.000 euros y 75.000 euros, respectivamente.

Además, los autónomos que adquieren bienes y servicios hasta 250.000 euros podrán mantenerse en el sistema de módulos. Estaba previsto que este límite se redujera a 150.000 euros en 2019.

En esta línea, también se prorrogan para el período impositivo 2019 los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Los contribuyentes que excedan los límites indicados, y por tanto, queden excluidos del método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, determinarán su rendimiento neto por la modalidad simplificada del método de estimación directa siempre que reúnan los requisitos establecidos en el articulo 28 del Reglamento de Impuesto (importe neto de la cifra de negocios inferior a 600.000€ anuales en el año inmediato anterior) y no renuncien a su aplicación.

Pueden consultar el BOE publicado, en el siguiente enlace: Real Decreto-ley 27/2018

Para cualquier aclaración no duden en contactar con nosotros.