Nuevo Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)

Nuevo Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)
En la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2023 se ha incluido el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). Este mecanismo, es un sistema que sustituye al Factor de Sostenibilidad aprobado en la reforma de las pensiones de 2013 consistente en incrementar el Fondo de Reserva de la Seguridad Social a través de una aportación extra en la cotización mensual de los trabajadores con el fin garantizar el abono de las pensiones de los trabajadores en los próximos años.
A partir del 1 de enero de 2023 se aplicará el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, fijando un incremento de cotización de 0,6 puntos porcentuales aplicado sobre la base de contingencias comunes en todas las situaciones de alta o asimiladas a la de alta en el sistema de la Seguridad Social en la que exista la obligación de cotizar para la cobertura de la pensión de jubilación. La distribución de este 0,6 % se realizará de la siguiente manera:
-Las empresas asumirán un 0,5%;
-Los empleados pagarán el 0,1% restante.
Hasta 31 de diciembre de 2022, para trabajadores por cuenta ajena, el tipo de cotización por contingencias comunes asciende a un 28,30%, desglosado en un 23,60% a cargo del empleador y un 4,70% a cargo del trabajador. Esos tipos se aplican sobre la base de cotización que corresponda al trabajador para calcular la cuota a ingresar.
A partir de 1 de enero de 2023, sumando el incremento de tipos del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (0,6%), el tipo de cotización por contingencias comunes quedará fijado en un 28,90%, que se desglosará en un 24,10% a cargo de la empresa (un 0,5% más respecto a 2022) y un 4,80% a cargo del trabajador (0,10% más que en 2022).
A este incremento de tipo de cotización habrá de sumarse, además, el incremento de la base de cotización que sufrirán muchos autónomos con la entrada en vigor el 1 de enero de 2023 del nuevo sistema de cotización de autónomos de acuerdo a sus rendimientos netos reales.
Este mecanismo no se aplicará a aquellos colectivos de trabajadores excluidos de cotizar por la contingencia de jubilación, no siendo de aplicación, por tanto, entre otros supuestos, en los siguientes casos:
-Trabajadores obligados a cotizar exclusivamente por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, contingencias profesionales y cotización por solidaridad (por ejemplo, jubilados activos)
-Colectivos obligados a cotizar exclusivamente por contingencias profesionales.
-Tampoco se aplicará a los Trabajadores que desarrollan programas de formación y prácticas no laborales y académicas.
La Ley señala que esta nueva cotización comenzará en 2023 y se aplicará a lo largo de un periodo de 10 años, finalizando en 2032. Una vez alcanzado el 2032, se analizará el estado del sistema de pensiones para tomar las decisiones pertinentes.
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