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Nueva flexibilización de horarios a los comercios en Extremadura

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Nueva flexibilización de horarios a los comercios en Extremadura

Nueva flexibilización de horarios

Nueva flexibilización de horarios a los comercios en Extremadura.

Se publica en el suplemento del DOE del 4 de febrero, una nueva flexibilización de horarios a los comercios en Extremadura, ante la bajada de la incidencia de la Covid.

 

COMERCIO

La Junta de Extremadura, con esta nueva flexibilización de horarios, permitirá al comercio abrir de:

Lunes a viernes de: 10.00 a 18.00 horas y,

Sábados por la mañana de 10.00 a 14.00.

 

También se permitirá la actividad de los mercadillos.

En todos los casos el aforo sigue reducido al 30% y se mantienen las recomendaciones de acudir de forma individual y de dar preferencia a los mayores de 65 años.

Desde la pasada semana, tal y como publicamos, las tiendas de menos de 400 metros cuadrados y las que pasaban de esa superficie de los sectores del mueble, los electrodomésticos y la automoción podían abrir de lunes a viernes de 10.00 a 14.00 horas.

Mediante esta Resolución, además de la ampliación del horario de apertura, solo se exigirá que los locales tengan entrada directa desde la calle, por lo que quedan fuera de esta norma los establecimientos situados dentro de galerías, centros comerciales o hipermercados.

 

CESE DE ACTIVIDADES

El resto de actividades restringidas tendrá que esperar, así, en localidades de más de 3.000 habitantes sigue cerrada la hostelería, las actividades deportivas y culturales y el comercio no esencial, a excepción de las medidas de flexibilización comentadas anteriormente.

Pueden consultar nuestra anterior publicación para ver el detalle de estas restricciones.

 

Estas nuevas medidas referentes a comercio y cese de actividades, producirán sus efectos desde las 00:00 horas del 6 de febrero de 2021 hasta las 24:00 horas del 12 de febrero de 2021.

 

AISLAMIENTO PERIMETRAL

Se prorroga el aislamiento perimetral de todos los municipios de la región, es decir, continúa la prohibición de circular entre municipios, por un período adicional de siete días naturales, a contar desde las 00:00 horas del 6 de febrero de 2021 hasta las 24:00 horas del 12 de febrero de 2021, salvo las excepciones habituales, a las que se sumó, en anteriores publicaciones, la práctica deportiva individual.

 

TOQUE DE QUEDA

También se mantiene la limitación de la libertad de circulación de las personas, por un período adicional de veintiocho días naturales, a contar desde las 00:00 horas del 8 de febrero de 2021 hasta las 24:00 horas del 7 de marzo de 2021.

 

LUGARES DE CULTO

Se establece la limitación de permanencia de personas en los lugares de culto al 40 %, incluidos los supuestos en los que se oficien ceremonias nupciales u otras celebraciones religiosas específicas, y una especificación en relación con las formas de agrupación de personas en la restauración.

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Para cualquier aclaración, no duden en contactar con nosotros.