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Se prorrogan y amplían las restricciones en Extremadura 14 días más

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Se prorrogan y amplían las restricciones en Extremadura 14 días más

14 días más

Se prorrogan y amplían las restricciones en Extremadura 14 días más.

Se publica en el DOE la prórroga de 14 días más, aunque se revisará a los 7 días, del aislamiento perimetral de todos sus municipios, así como el cierre de comercio y hostelería que mantiene en las localidades mayores de 5.000 habitantes. Se extiende este cierre también a otras actividades, como deportivas y culturales.

Las medidas de esta prórroga de 14 días más, producirán sus efectos desde las 00.00 horas del 21 de enero de 2021 hasta las 24.00 horas del 3 de febrero de 2021, aunque se revisarán a los 7 días 

Además, se ha acordado extender este cierre de tiendas y bares a los municipios mayores de 3.000 habitantes, por lo que esta medida afectará al 71 % de la población de la región.

 

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HOSTELERIA Y RESTAURACIÓN

Se procede a su cierre temporal durante 14 días más, no obstante, quedan excluidos de esta decisión los restaurantes de alojamientos turísticos, de centros de trabajo, sanitarios y educativos, así como las áreas de servicio en carretera y los comedores sociales.

Además, los bares y restaurantes podrán realizar servicio de entrega a domicilio hasta las 12 de la noche, aunque el toque de queda se mantiene hasta las 22 horas en toda la región.

 

COMERCIOS MINORISTAS

En el caso del cierre de la actividad comercial y mercadillos, podrán permanecer abiertas las siguientes actividades:

Establecimientos de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad y productos higiénicos.
Farmacia y parafarmacia.
Prensa, librería y papelería.
Combustible.
Estancos.
Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones.
Alimentos para animales de compañía.
Productos sanitarios y fitosanitarios.
Floristería.
Ferreterías.

El resto de los establecimientos que desarrollen una actividad cuyo cierre se haya acordado, no obstante, podrán ejercer su actividad a través de cualquier modalidad de venta a distancia.

Los establecimientos que desarrollen actividades comerciales tanto suspendidas como permitidas podrán mantener su apertura, clausurando las zonas de aquellos productos cuya venta no esté permitida.

 

ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES DE JUEGOS Y APUESTAS

Esta prórroga de 14 días más afectará a salas de bingo, casinos de juego, locales específicos de apuestas, salones recreativos o de máquinas de tipo “A” y salones de juego o de máquinas de tipo “B”.

 

ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y OTRAS ACTIVIDADES DE OCIO

Permanecerán también cerrados espectáculos taurinos, espectáculos circenses, parques de ocio y atracciones y los centros de ocio y las actividades de ocio y tiempo libre de la población infantil y juvenil.

 

ESTABLECIMIENTOS DEDICADOS A LA ACTIVIDAD CULTURAL

Se suspende la apertura al público de los cines, teatros, auditorios, circos de carpa, museos, salas de exposiciones, centros de interpretación y espacios patrimoniales y otros equipamientos o recintos destinados a actos y espectáculos culturales, así como las actividades culturales itinerantes.

 

BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS

En las bibliotecas y en los archivos de titularidad pública y privada abiertos al público la ocupación no podrá superar un 30% del aforo.

 

ESTABLECIMIENTOS E INSTALACIONES DEPORTIVAS Y DE BAILE.

Se procederá al cierre de las instalaciones, centros deportivos y espacios para la realización de actividad física o deportiva en espacios cubiertos.

En los recintos, centros e instalaciones al aire libre para la práctica deportiva o actividad física, sólo se permitirá la práctica del deporte o actividad física individual.

Se procederá al cierre de las academias, escuelas y clubes de baile o similares que desarrollan actividad o impartan enseñanza de baile social

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