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Nueva regulación de Envases y Residuos de Envases

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Nueva regulación de Envases y Residuos de Envases

Residuos de Envases

Nueva regulación de Envases y Residuos de Envases

Se publica el Real Decreto 1055/22  de Envases y Residuos de Envases con el que se pretende avanzar en la implantación de la economía circular. Entre las principales novedades se incluyen medidas orientadas a la prevención de residuos, el fomento de la venta a granel de alimentos, el aumento de envases reutilizables y la promoción del reciclado y marcado de productos.

Entre las principales novedades que presenta el Real Decreto 1055/2022 de Envases y Residuos de Envases, se incluyen las siguientes medidas:

 

OBJETIVOS DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DE RESIDUOS

Se implantan objetivos nacionales de carácter orientador con la finalidad de reducir la cantidad y el impacto de los residuos de envases sobre el medio ambiente, el reglamento fija los mismos objetivos que ya avanzó la Ley 7/2022 de residuos:

-Lograr una reducción del peso de los residuos de envases producidos del 13% en 2025, y del 15% en 2030, respecto a los generados en 2010.

-Conseguir que todos los envases puestos en el mercado sean reciclables en 2030, y siempre que sea posible, reutilizables.

-Conseguir una reducción del 20% en 2030 del número de botellas para bebidas de plástico de un solo uso que se comercializan, respecto a los datos de 2022.

 

FOMENTAR LA VENTA A GRANEL DE ALIMENTOS

1.Los comercios minoristas de alimentación deben adoptar las medidas necesarias para presentar a granel aquellas frutas y verduras frescas que se comercialicen enteras.

Esta obligación no será aplicable a:

Frutas y hortalizas envasadas en lotes de 1,5 kg. o más,

Frutas y hortalizas que se envasen bajo una variedad protegida o registrada o cuenten con una indicación de calidad diferenciada o de agricultura ecológica,

Frutas y hortalizas que presentan un riesgo de deterioro o merma cuando se venden a granel, (se determinarán en una próxima orden ministerial en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto).

 

2.Con el objetivo de fomentar la venta a granel de alimentos, especialmente en aquellos casos en los que el envase no aporta ningún valor añadido al producto, los comercios minoristas de alimentación cuya superficie sea igual o mayor a 400 metros cuadrados, destinarán al menos el 20% de su área de ventas, a la oferta de productos presentados sin embalaje primario, incluida la venta a granel o mediante envases reutilizables.

 

3.Informar a sus clientes, desde el 1 de enero de 2023, de los impactos ambientales y de las obligaciones de gestión de los residuos de los envases de los productos que adquieran, siempre que dispongan de una superficie útil para la exposición y venta al público igual o superior a 300 metros cuadrados. En particular, informarán como mínimo en un lugar destacado del propio establecimiento, sobre los siguientes aspectos:

-Obligaciones del consumidor en lo referente a la devolución de los envases reutilizables y a la separación de los residuos de envases en los distintos contenedores o puntos de recogida establecidos, conforme a la forma de gestión establecida en este real decreto.

-Promoción de las bolsas reutilizables, y optimización de la utilización de las bolsas de un solo uso, para reducir el consumo innecesario de estos envases.

-Información sobre la disponibilidad en el comercio de envases reutilizables, así como sobre la posibilidad de uso de recipientes reutilizables por parte del consumidor

Estas obligaciones también se aplicarán a las plataformas de comercio electrónico y comercios minoristas que efectúen ventas a distancia, que deberán informar en un lugar destacado del medio empleado para la venta.

 

4.Los establecimientos del sector de la hostelería y restauración ofrecerán siempre a los consumidores, clientes o usuarios de sus servicios, la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita y complementaria a la oferta del mismo establecimiento.

 

AUMENTO DE ENVASES REUTILIZABLES

Los comercios minoristas de alimentación que vendan a granel alimentos y bebidas deberán aceptar el uso de recipientes reutilizables por parte de los consumidores, que serán los responsables de su acondicionamiento y limpieza.

Estos recipientes podrán ser rechazados por el comerciante si están manifiestamente sucios o no son adecuados, quedando exentos de la responsabilidad.

Desde julio de 2023, los promotores de eventos festivos, culturales o deportivos deberán implantar alternativas a la venta de bebidas en envases y vasos de un solo uso, garantizando el acceso a agua potable no envasada

 

PROMOCIÓN DE RECICLADO Y MARCADO

Se fomenta la utilización de materiales obtenidos a partir de residuos de envases reciclados. Además, se establecen los porcentajes recomendados de plástico reciclado en los envases para los años 2025 y 2030, que sí serán obligatorios.

Así, en 2025 se reciclará un mínimo del 65% en peso de todos los residuos de envases; siendo el 70% a partir de 2030.

Además, queda prohibido el marcado de envases con las palabras «respetuoso con el medio ambiente» o cualquier otro equivalente que pueda inducir a su abandono en el entorno.

 

RESPONSABILIDAD AMPLIADA DEL PRODUCTOR (RAP)

Este Real Decreto establece la ampliación de las obligaciones financieras y organizativas a los productores que pongan en el mercado envases comerciales e industriales.

Se deberá establecer en las contribuciones financieras a afrontar por los productores una bonificación cuando el producto cumpla criterios de eficiencia, o bien, una penalización cuando el producto incumpla estos criterios.

 

Para cualquier aclaración, no duden en contactar con nosotros.